Seguro de responsabilidad civil

El artículo 46 de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias, en su artículo 46, dice textualmente:

Por lo cual, los dietistas-nutricionistas debemos dar coberturas a nuestra práctica profesional si ejercemos la asistencia privada.

En el caso de trabajar en exclusiva en el sector público, podríamos ejercer sólo bajo la cobertura del seguro de responsabilidad civil del servicio público de salud, pero consideramos oportuno observar las limitaciones de dicha póliza, y estudiar la conveniencia de complementarla.

 

fiatc

El Consejo General de Colegios Oficiales de Dietistas-Nutricionistas de España (CGCODN), junto con FIATC Mutua de Seguros y Reaseguros te ofrece la posibilidad de adherirte a un Seguro de Responsabilidad Civil Profesional (SRCP) diseñado especialmente para nuestro colectivo.

Descarga AQUÍ la solicitud de adhesión al SRCP de FIATC, y realiza la gestión on line de tu Seguro de Responsabilidad Civil a través del link.

Puedes consultar las actividades que cubre el seguro, la suma asegurada y coste de la póliza, a través del mismo enlace.

El Colegio Profesional de Dietistas y Nutricionistas de Aragón(CPDNA) junto con la Agrupación Mutual Aseguradora (AMA) , te ofrece la posibilidad de adherirte a un Seguro de Responsabilidad Civil Profesional (SRCP) diseñado especialmente para nuestro colectivo.

Puedes consultar las características de la póliza y descargar la solicitud de adhesión al SCCP de AMA AQUÍ.

Descarga la solicitud de adhesión al SRCP de AMA y envíala a zaragoza@amaseguros.com

Accede al documento de PREGUNTAS Y RESPUESTAS FRECUENTES (FAQs).

 

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